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Biotempo, 2018, 15(2), jul-dic.: 139-146.
ORIGINAL ARTICLE / ARTÍCULO ORIGINAL
COMPARISON OF NOISE POLLUTION IN FOUR LOCATIONS IN LORETO
PROVINCE, PERU
COMPARACIÓN DE LA CONTAMINACIÓN SONORA EN CUATRO
LOCALIDADES DE LA PROVINCIA DE LORETO, PERÚ
Eduardo José Sauñe-Ramos1 & Flor de María Madrid-Ibarra1
1 Instituto de Recursos Naturales y Ecología – Universidad Ricardo Palma, Lima – Perú
E-mail: eduardojosaune@gmail.com/  ordemaria.madrid@urp.edu.pe
ABSTRACT
Noise disturbance is a problem worldwide, it a ects humans and animals. High levels of noise generate health problems
and in extreme cases hearing loss. In Peru, the regulations governing the protection of the receiver body for noise is the
EQS (Environmental Quality Standard) DS 085-2003-PCM- Peru, these measures are categorized according to the
place of execution.  e objective of this research is to compare the noise level of four localities in Loreto with the current
Peruvian regulations.  e “Special application zone” were categorized: RA-01 (Paranapura river), RA-02 (Chambira
river), RA-03 (Patayacu river) and RA-04 (Nanay river).  e results for noise evaluated in the  eld were measured in
decibels (dB), where three “maximum”, “minimum” and “equivalent” sound pressures were compared at the time of
emptying and rising in the day and night shifts during three consecutive days for each sampling station. According to
the results obtained, it was evidenced that the sampling stations in the four localities surpassed the equivalent average
of the EQS in the category of “Special application zone”, it was also evident that the noise pollution in these localities
was generated by the natural environment.  is demonstrated that the environmental noise is constantly maintained
by natural conditions without causing problems to human health and that any species of wildlife is not a ected at an
ecological level. According to the OEFA (Agency for Environmental Assessment and Control) and MINAM (Ministry
of the Environment of Peru) continuous noise exposure with sound pressures less than 60 dB are not harmful to the
receiving body.
Keywords: Environmental quality standard – receiving body – sound pollution
RESUMEN
La contaminación sonora es un problema a nivel mundial, puesto que afecta a humanos y animales. Los niveles altos
de ruido generan afecciones a la salud y en casos extremos pérdida de la audición. En el Perú, la normativa que rige
la protección del cuerpo receptor para el ruido es el ECA (Estándar de calidad ambiental) D.S 085-2003-PCM, estas
medidas son categorizadas de acuerdo al lugar de ejecución. El objetivo de esta investigación fue comparar el nivel de
Biotempo (Lima)
doi:10.31381/biotempo.v15i2.2053
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ruido de cuatro localidades en Loreto con la normativa peruana vigente. Se categorizaron como “Zona de aplicación
especial”: RA-01 (Rio Paranapura), RA-02 (Rio Chambira), RA-03 (Rio Patayacu) y RA-04 (Rio Nanay). Los resultados
para ruido evaluados en campo fueron medidos en decibeles (dB), donde se comparó tres presiones sonoras “máximo”,
mínimo” y “equivalente” en la época de vaciante y de creciente en los turnos diurno y nocturno durante tres días
consecutivos para cada estación de muestreo. De acuerdo a los resultados obtenidos, se evidenció que las estaciones
de muestreo en las cuatro localidades sobrepasaron el promedio equivalente del ECA para la categoría de “Zona de
aplicación especial”, también se evidencio que la contaminación sonora en estas localidades fue generada por el entorno
natural. Esto demostró que el ruido ambiental se mantiene en forma constante por las condiciones naturales sin ocasionar
problemas a la salud humana y a ninguna especie de fauna silvestre, que no es afectada a nivel ecológico. De acuerdo
a la OEFA (Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental) y MINAM (Ministerio del Ambiente del Perú) las
exposiciones continuas al ruido con presiones sonoras menores a 60 dB no son nocivas para el cuerpo receptor.
Palabras clave: contaminación sonora – cuerpo receptor – Estándar de calidad ambiental
INTRODUCCIÓN
El ruido puede denirse como una apreciación subjetiva
del sonido considerándose toda energía acústica
susceptible de alterar el bienestar siológico o psicológico,
interriendo y perturbando el normal desarrollo de las
actividades cotidianas de los seres humanos (CONACYT,
2007; CORPOCALDAS, 2015). La contaminación
sonora es uno de los graves problemas que afectan a
las ciudades modernas y rurales, donde supervisar sus
impactos y sancionar las infracciones de las normas que
existen sobre el tema son algunas de las funciones de
los gobiernos locales (Zavala, 2014; OEFA, 2015). La
contaminación sonora es una contaminación ambiental a
través de la energía mecánica o acústica que tiene reejos
en todo el organismo y no solo en el aparato auditivo,
las ondas sonoras al ser penetradas a través del oído, se
dividen en los lóbulos cerebrales hasta llegar al sistema
nervioso central, después de ello pasan a lo largo de la
médula y se distribuyen para los órganos, manifestándose
los efectos nocivos (Navarro & Dinis da Gama, 2002).
Para la medición de ruido ambiental, residual o procedente
de fuentes especícas y con el n de prevenir posibles
errores de medición se tienen que adoptar las medidas
pertinentes, el reconocimiento inicial del ruido debe
realizarse en forma previa a la aplicación de la medición
del nivel sonoro emitido por una fuente ja (EPA, 1978;
Hernández & Camacho, 2008; Navarro, 2008; Cruz &
Bernal, 2009).
El nivel de sonido se mide en decibles (dB), un pequeño
incremento representa un gran aumento de energía
sonora. Para medir un sonido (ruido) se debe tener
en cuenta tres magnitudes importantes, relacionadas
ambas con su agresividad. En primer lugar, se encuentra
la intensidad, es decir, el «nivel» que está asociado a la
cantidad de energía empleada para generarlo y se mide
en decibeles (db), la «frecuencia» de exposición del ruido»
y la «duración» del mismo. Cada unidad de decibeles
representa un escalonamiento basado en las capacidades
del oído humano, de tal forma que con esta escala se
denen los valores que puede percibir nuestro sistema
auditivo. Así, el nivel 0 equivale al silencio absoluto, y
el máximo nivel correspondiente a 140 dB, equivale
al límite del dolor (De Esteban Alonso, 2003; Araya,
2002; De Andrés Alonso, 2003; Ministerio de ambiente,
vivienda y desarrollo territorial, 2010; CEVECE, 2013;
Gómez et al., 2013).
En el Perú, ha sido aprobado el Decreto Supremo
Nº 085-2003-PCM “Reglamento de Estándares
Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido”; donde
un principio fundamental es que han reconocido el valor
de la planicación territorial. La zonicación acústica
considera el establecimiento de cuatro zonas: protección
especial, residencial, comercial e industrial, y para cada
una de ellas existen estándares ambientales claramente
establecidos para horarios diurno y nocturno (García,
2015). Los estándares de calidad ambiental del ruido
son un instrumento de gestión ambiental prioritario
para prevenir y planicar el control de la contaminación
sonora sobre la base de una estrategia destinada a proteger
la salud, mejorar la competitividad del país y promover
el desarrollo sostenible (OEFA, 2011; D.S 085-2003-
PCM).
La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha denido
a la contaminación sonora como el tercer problema
ambiental de mayor relevancia en el mundo, es por ello
que la misma se entiende como cualquier sonido no
deseado o potencialmente dañino, que es generado por
las actividades humanas y que deteriora la calidad de
vida de las personas(Nicola & Ruani, 2000), en el Perú
le corresponde a la Autoridad de Salud competente,
dictar las medidas para minimizar y controlar los riesgos
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derivados de elementos, factores y agentes ambientales,
es por ello que el ruido es un contaminante que afecta
signi cativamente la salud y calidad de vida (ESSALUD,
1997; Cattaneo et al., 2009; Pacheco et al., 2009; Blickley
& Patricelli, 2010; Baca & Seminario, 2012; Figueroa et
al., 2012; González, 2012; Salazar, 2012; Bianchi-Falco,
2014; MareTerra Consultores, 2014). La afección por el
ruido puede mantenerse o alterarse, ocasionando cambios
persistentes, además de síntomas auditivos a nivel de
afección, el ruido ejerce una acción general sobre varias de
las funciones orgánicas, presentando diversas reacciones
(Perea & Marín, 2014). Físicamente, el sonido es una
vibración mecánica en un medio elástico ya sea líquido,
gaseoso o sólido a través del cual la energía es transferida
lejos de la fuente por medio de ondas. La propagación
de estas ondas se basa en el principio de la interacción
entre las partículas presentes en el medio (AGMA, 2009;
Balderrama-García, 2008; DFB, 2012; García et al.,
2010; Degrandi & Nogueida, 2012).
El objetivo de esta investigación fue comparar la
contaminación sonora en cuatro localidades de la
provincia de Loreto, Perú.
MATERIALES Y MÉTODOS
E
l área de estudio se localizó en diversos puntos sensibles al
ruido en el Departamento de Loreto, Perú el cual comprende
las siguientes cuencas: Río Paranapura, Río Chambira, Río
Patayacu y Río Nanay (Fig. 1; Tabla 1), las cuales presentan
ambientes acuáticos característicos de la selva amazónica y un
relieve con más del 50% de áreas depresionadas de mal drenaje
y áreas planas anexas a corrientes  uviales, de esta manera
permanecen inundados estacional o permanentemente. Se
programó la evaluación de ruido ambiental (RA) en cuatro
estaciones de monitoreo, utilizando un sonómetro (Quest
Technologies®), medidos en decibeles (dB), apoyado en un
trípode, donde se apuntaron los datos de promedios equivalente,
máximo y mínimo en una libreta de campo
(Bravo, 2007).
Figura 1. Área de estudio con diversos puntos sensibles
al ruido en el Departamento de Loreto, Perú: Río
Paranapura (RA-01), Río Chambira (RA-02), Río
Patayacu (RA-03) y Río Nanay (RA-04).
Tabla 1. Código, Lugar y coordenadas de las Líneas de Transmisión del Perú 220 kv Moyobamba – Iquitos y subestaciones
Asociadas al Departamento de Loreto, Perú.
Código Lugar Coordenadas UTM
Este Norte
RA-01 Rio Paranapura 331605 9347444
RA-02 Río Chambira 439694 9545636
RA-03 Río Patayacu 465938 9568908
RA-04 Rio Nanay 619938 9573925
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El protocolo en campo se realizó mediante la colocación
de un sonómetro estándar adaptado a un trípode, que
se utiliza para el análisis de campo. Previamente el
sonómetro se calibró y certicó por el Instituto Nacional
de Calidad (INACAL), Lima, Perú, que actualmente es
la única entidad que certica los equipos de muestreo en
el Perú. En el trabajo de campo se evaluaron los cuatro
puntos mencionados y en cada punto se tomaron 3
mediciones por día durante 3 días en horario diurno y
nocturno en la época de creciente y vaciante.
El método de evaluación en campo se realizó mediante el
Protocolo Nacional de Monitoreo de Ruido Ambiental
(AMC Nº 031-2011-MINAM/OGA) (MINAM, 2013),
basado en las Normas Técnicas Peruanas (NTP); emitidas
por INDECOPI (2007, 2008).
NTP 1996-1:2007: descripción, medición y
evaluación del ruido ambiental. Parte 1: Índices
básicos y procedimiento de evaluación.
NTP 1996-2:2008: descripción, medición
y evaluación del ruido ambiental. Parte 2:
Determinación de los niveles de ruido ambiental.
Se empleó la normativa que rige la protección del cuerpo
receptor para el ruido, el ECA (Estándar de calidad
ambiental) D.S 085-2003-PCM en la categoría de “Zona
de aplicación especial”. Se analizó si ocasiona problemas
a la salud humana y a la fauna silvestre de acuerdo a lo
establecido por OEFA (Organismo de Evaluación y
Fiscalización Ambiental) y MINAM (Ministerio del
Ambiente del Perú, 2005, 2013).
Aspectos éticos: los autores indican que se cumplieron
todos los aspectos éticos según normatividad nacional e
internacional.
RESULTADOS Y DISCUSIÓN
Al evaluar en campo a nivel constante los niveles de presión
sonora y sobretodo el nivel de frecuencia “máximo” en los
días que se realizó este trabajo sobrepasaron el ECA en
todas las estaciones de muestreo; sin embargo el ruido
generado es ocasionado por el entorno natural, el cual
no afecta el oído humano; en concordancia, con Méndez
& Gutiérrez (2004) que indican que el ruido continuo
tiene menor efecto que el interrumpido, lo cual parece
depender de la falla en el sistema muscular del oído medio
desfasándose respecto al ruido y reforzando el efecto de
presión acústica.
La exposición al ruido en las estaciones de muestreo
fue de manera constante sobrepasando el ECA de ruido
D.S 085-2003-PCM; sin embargo, el COITT (2008)
demostró que el malestar auditivo es producido por
el aumento de los niveles de presión sonora en forma
continua, así como el aumento del número de veces que
ocurre ese ruido y las actividades donde se ven afectadas,
contrastando con lo mencionado por Méndez &
Gutiérrez (2004). Los niveles de contaminación sonora
fueron evaluados en campo y estuvieron en niveles altos de
acuerdo a su categoría de aplicación “Zona de protección
especial”, este tipo de categoría no tiene afección directa
hacia el cuerpo receptor debido a que la exposición al
ruido fue generada por el entorno natural, asimismo esto
se corroboró por el evaluador y el asistente de campo;
reiterando lo mencionado por González (2012) indicando
que la contaminación sonora a nivel de afección es más
complicada al calcular la reacción humana de molestia en
el cuerpo receptor por el ruido, debido a que depende de
factores acústicos o físicos como extra acústicos.
En las guras 2 al 7 se muestra la comparación de la
contaminación sonora para las estaciones de evaluación,
turnos de evaluación y temporalidades. La evaluación de
ruido en campo y la comparación con el ECA Ruido D.S
085-2003 PCM “Zona de Protección Especial” siendo
éste, el estándar más riguroso en su evaluación de acuerdo
a la normativa nacional.
La exposición continua al ruido generado por la
condiciones del entorno natural hace que las especies no
sufran ningún tipo de perturbación y que no se ocasionen
efectos ecológicos negativos tales como el efecto barrera,
perdida del hábitat y perturbaciones, armando lo
mencionado por Ruiz et al. (2006) quienes demuestran
que el ruido u otras perturbaciones, no son signicativos
para las especies biológicas (Pepper et al., 2003; Brouček,
2014), y no deben tenerse en cuenta para la valoración
y corrección de impactos que realmente puedan alterar
ciertos patrones ecológicos adaptándose a estos impactos
no signicativos.
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Figura 2. Variación de ruido ambiental en época vaciante
(EV) en el día 1. ECA Día = 50 dB. ECA Noche = 40 dB.
Figura 3. Variación de ruido ambiental en época creciente
(EC) en el día 1. ECA Día = 50 dB. ECA Noche = 40 dB.
Figura 4. Variación de ruido ambiental en época de
vaciante (EV) en el día 2. ECA Día = 50 dB. ECA Noche
= 40 dB.
Figura 5. Variación de ruido ambiental en época de
creciente (EC) en el día 2. ECA Día = 50 dB. ECA Noche
= 40 dB.
Figura 6. Variación de ruido ambiental en época de
vaciante (EV) en el día 3. ECA Día = 50 dB. ECA Noche
= 40 dB.
Figura 7. Variación de ruido ambiental en época de
creciente en el día 3 ECA Día = 50 dB. ECA Noche =
40 dB.
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Las estaciones de muestreo en las cuatro localidades
evaluadas en Loreto sobrepasaron en promedio
equivalente el ECA D.S 085-2003-PCM Estándar de
calidad ambiental para ruido en su categoría de Zona
de aplicación especial. Debido a que los niveles de
contaminación sonora en los turnos diurno y nocturno en
la época de vaciante y creciente en las cuatro localidades
evaluadas RA-01 Rio Paranupura Rio Chambira, RA-03
Rio Patayacu y RA-04 Rio Nanay, fueron generados por
las condiciones del entorno natural, lo cual no representa
ningún riesgo auditivo para el ser humano y ni las especies
animales que están dentro de estas zonas de evaluación.
El menor valor de contaminación sonora obtenido en
campo fue en la estación RA-03 (Rio Patayacu) en época
de creciente, turno nocturno, debido a las características
del área de evaluación puesto que es un bosque con
terrazas inundables y de conservación bajo y presenta
constantes derrames de petróleo y diversos caminos
hacia las concesiones petroleras. El máximo valor de
contaminación sonora obtenido en campo fue en la
misma estación de evaluación RA-03 (Rio Patayacu) en
la época de vaciante en el turno diurno, debido a que
el área cambia sus condiciones puesto que hay mayor
uctuación de especies por el aumento de la supercie
inundable y que la accesibilidad hacia esta área es menor,
permitiendo a las especies estar dispersas por la zona
generando contaminación sonora alta por las condiciones
del entorno natural (Cantor & López-Medina, 2013).
La evaluación en campo demostró que el ruido ambiental
en forma constante y por condiciones naturales no
ocasiona problemas a la salud humana y ninguna especie
de fauna es afectada a nivel ecológico (Ortega, 2012).
Las evaluaciones de campo cumplen directamente con
las disposiciones dadas por MINAM (2005) y con los
estándares de calidad ambiental para ruido de acuerdo al
D.S Nº 085-2003 – PMC, debido a que las exposiciones
continuas al ruido con presiones sonoras menores a 60
dB no son nocivas para el cuerpo receptor (André et al.,
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Received December 15, 2018.
Accepted December 31, 2018.