10.31381/iusinkarri.v11n12.5282
Semblanza
Universidad Ricardo Palma
https://orcid.org/0000-0003-0688-2035
La formación intelectual de Carlos Ramos Núñez se inicia con la atención puesta en dos pilares del humanismo, el derecho y la literatura. Por la primera formará parte de la Facultad de Cien cias Jurídicas y Políticas de la Universidad Católica de Santa María; y por la segunda, de la Facultad de Filosofía y Humanidades de la Universidad Nacional de San Agustín, ambas instituciones uni versitarias de su natal Arequipa. Como precisa:
Un incidente de vendetta política contra uno de sus profeso res en la especialidad de Lingüística y Literatura le hará dejar la carrera como muestra de solidaridad y rechazo contra las auto ridades de extrema izquierda que habían tomado el control de la universidad. Su pasión por el mundo de las leyes lo conducirá a graduarse como abogado con la tesis titulada Conflicto procesal entre el Ministerio Público y el Poder Judicial (1984), la que sería, a la postre, el germen del interés por la historia del derecho y la rotunda evidencia de ser un acucioso investigador. No pasaría demasiado tiempo para que Ramos Núñez definiera esta opción historiográfica de carácter analítico, y no sumatorio, o, a la anti gua usanza, positivista de acumulación de datos, y lo demostra ría con la defensa de su tesis Toribio Pacheco, jurista del siglo XIX (1987), esta vez para optar el grado de magíster en Derecho Civil en la Pontificia Universidad Católica del Perú. Será en esta misma universidad, años más tarde, que se le concederá por unanimi dad el grado de doctor en Derecho por la defensa de la tesis Las columnas de la ley, historia social del derecho peruano. Siglos XIX y XX (1999). Cada una de estas tesis se publicarían como libros que anunciarán al mundo académico el nacimiento de una de las más autorizadas plumas para contar la historia del derecho.
El que sería su primer libro, Acerca del divorcio (1990), esta blecía claramente el llamado de atención que hacía su autor res pecto a calibrar los problemas contemporáneos del campo del derecho a través de un examen minucioso de las fuentes histó ricas sobre determinados tópicos. Comprender, por ejemplo, que para el derecho liberal, organizado en función de la libertad y la seguridad de los sujetos que componen la familia, el divorcio no era una figura de sencilla apelación para resolver un problema entre los que suscribieron un contrato matrimonial; era más bien una invocación frente a circunstancias excepcionalmente graves, sobre todo transgresiones morales del contrato matrimonial. Esta operación analítica e historiográfica permitiría a los profe sionales del derecho, por un lado, comprender que la justicia es una herramienta para resolver problemas tanto personales, como sociales, y que el fundamento de estas soluciones procura resta blecer la dignidad de la persona; y, por otro lado, conocer las raí ces de la normativa y tenerlas en cuenta para regular la sociedad actual. En esa misma línea de reconstrucción arqueológica de los fundamentos jurídicos que estructuran la convivencia en socie dad, el texto El Código napoleónico y su recepción en América Latina (1997) explica que el Code de Napoleón no debe comprenderse reductivamente como fruto directo e inmediato de la revolución; considerarlo de ese modo significa perder de vista todo un pre cedente proceso de varios siglos de desarrollo legislativo y doc trinario europeo que se sintetiza y plasma en dicho documento paradigmático para el mundo. En tal sentido, la importancia que tiene esta codificación como instrumento Ius Comune para toda la región es crucial, pues con ella se inicia el modelamiento de la autonomía jurídica en un marco histórico y social de construc ción de la vida como república independiente.
Si bien Ramos Núñez abandona la carrera de Literatura, esta permanecerá en sus reflexiones y escritos, pues en entrevistas y disertaciones siempre hará referencia al mundo literario que muy bien conoce. Es el caso de una de las últimas entrevistas que con cediera (LP Pasión por el Derecho, 2021), en la que le informaba al entrevistador cuán importante es para el investigador encon trar un estilo propio para transmitir los hallazgos de la investi gación, pues un estilo descuidado y confuso no es aliado de la socialización del conocimiento, y agregaba que la escuela del buen estilo no se encontraba en los libros especializados sobre jurisprudencia, sino, más bien, en los textos de literatura. Y preci saba también que uno de los problemas del campo jurídico, y que muy pocos tratadistas y especialistas advierten, es el que gravita en las limitaciones que tiene el lenguaje, un lenguaje netamente técnico que se caracteriza por la falta de renovación. Limitación lingüística que precisamente la literatura ha explorado y profun dizado. Por ello, el lenguaje jurídico puede enriquecerse gracias al amplio abanico de posibilidades que ofrece la literatura. Así, confesaba encontrarse atrapado en la lectura de novelas histó ricas, en específico, las que cuentan la historia de Roma, y men cionaba que había leído las novelas del escritor español Santiago Posteguillo y de la australiana Colleen McCullough.
La publicación con la que Ramos Núñez sellará esta vocación por la literatura y el derecho, y que es, ciertamente, una defensa sobre la necesidad de comprender el derecho como una disciplina humanística e interdisciplinaria, y no autócrata, tiene por título La pluma y la ley. Abogados y jueces en la narrativa peruana (2007), donde señala: «Sin mayores instrumentos teóricos asumí, como estudiante universitario, que el derecho y la literatura eran her manas» (p. 13). Pero precisa también que cada una posee su mundo propio y que, a veces, estos se intersectan. El mundo de la literatura es el mundo de la ficción; y el mundo del dere cho es el mundo de la realidad. Y existen en las obras literarias personajes sentenciados o abogados que realizan la defensa en los tribunales; también se representan jueces, notarios y otros actores del mundo judicial. El derecho se nutre de la literatura y, muchas veces, la realidad jurídica puede superar hasta la ficción más fantástica.
Para el autor, el estudio de las formas y los contenidos litera rios desde la dimensión jurídica enriquece el conocimiento de la literatura como del derecho. De esta manera es como plasmará su sensibilidad artística y su capacidad de apreciar la belleza en su relación con la justicia, que es el valor más alto que está tras de las leyes y la doctrina jurídica. Hace evidente también su voca ción de maestro, porque la literatura resulta ser un buen y eficaz medio para enseñar y aprender el derecho. Cuando se publica este texto, el prestigio del autor ya se había consolidado entre la comunidad académica nacional e internacional. Se hablaba de sus cualidades personales y se tenía en muy alta valoración su trabajo intelectual y su vocación docente, esta última mediante la puesta en escena de la dialéctica del conocimiento, es decir, en las cáte dras que tuvo a su cargo en las principales universidades naciona les y extranjeras. Ramos Núñez fue catedrático de la Universidad Ricardo Palma, la Pontificia Universidad Católica del Perú, la Universidad de Lima, y del programa intensivo de doctorado en Derecho en la Universidad de Buenos Aires; y profesor visitante en la Universidad de Sevilla (España), la Universidad San Judas Tadeo de São Paulo (Brasil) y la Universidad de París I Pan théonSorbonne (Francia). En estas tuvo a su cargo diversas cátedras, entre ellas: Historia del Derecho, Derecho Constitucio nal, Derecho y Literatura, así como Seminario de Integración en Teoría del Derecho.
Para apoyar el desarrollo de sus clases, así como para pro veer a los alumnos de algunas ideas directrices que los ayuden a emprender el trabajo de tesis, publicó el libro Cómo hacer una tesis de derecho y no envejecer en el intento (2018), texto que tuvo de inmediato reimpresiones, nuevas ediciones e, inclusive, edicio nes piratas. Pero no será este libro el que posicionará a Ramos Núñez en el escenario internacional. Más bien lo fue la primera entrega de su monumental Historia del derecho civil peruano. Siglos XIX y XX (2000), que se complementará con volúmenes ulteriores hasta conformar un total de once tomos; son estos teso ros bibliográficos de la memoria jurídica nacional los que le harán merecedor del Premio Ricardo Zorraquín Becú (2005), prestigioso galardón que se le otorga a los historiadores latinoamericanos del derecho. Esta no será la única presea, pues años después, por sus notables contribuciones en el campo de la jurisprudencia, se le otorgará el Premio Manuel J. Bustamante de la Fuente (2012).
Ramos Núñez paseó su conocimiento y su pasión por la justi cia por todo el mundo. Sus dotes de investigador, fina sensibili dad estética y profundo conocimiento de las instituciones jurídicas referidas a la administración de justicia no solo se hicieron visi bles en el Perú, sino también en otros países. A inicios de la década de los noventa viajó becado a Italia para realizar estu dios en la Universidad La Sapienza de Roma, y participó también en proyectos de investigación desarrollados para la Universi dad de Roma Tor Vergata (19921995); también fue investigador invitado en el Instituto Max Planck de Historia del Derecho en Frankfurt (Alemania, 1999) y en la Universidad de Berkeley (EE. UU., 2001). Estos méritos profesionales e intelectuales le sirvieron para que instituciones del conocimiento lo incorpora ran como miembro, entre estas, la Academia Peruana de Derecho, la Academia Nacional de Historia del Perú, la Real Academia de Historia de Madrid, la Academia de Ciencias Sociales de la Argen tina y la Asociación Andrés Bello de Juristas FrancoLatinoameri canos.
Son estas dotes profesionales las que lo harán ser elegido magistrado del Tribunal Constitucional del Perú para el período 20142019. Mientras ejerce esta importante función al servicio del orden jurídico nacional, continuará, con un ritmo menos intenso, sus actividades como docente universitario e investi gador. Así dará a conocer Ley y justicia en el Oncenio de Leguía (2015) y Las Constituciones del Perú. Estudio preliminar (2018); y como director general del Centro de Estudios Constitucionales del Tribunal Constitucional impulsará la publicación de una serie de títulos fundamentales para conocer la historia de la constitu cionalidad y sus implicancias contemporáneas: Justicia constitu- cional y literatura (2016), del jurista español José Calvo González; el inhallable Derecho político filosófico (2018) [1873], del perio dista satírico y catedrático de medicina legal, Manuel Atanasio Fuentes Delgado; Plan del Perú (2019), del jurista y político peruano Manuel Lorenzo Vidaurre; y Derecho de alimentos (2019), de la defensora de las mujeres abandonadas, la abogada Luz Jarrín de Peñaloza.
Si es cierto que los investigadores prolongan su existencia en cada una de las páginas en las que cifran los resultados de las batallas de su inteligencia, así también lo es en la memoria de sus discípulos que recomiendan y citan sus libros. Carlos Ramos Núñez continúa su viva existencia en el mundo de la historia del derecho desde el martes 21 de septiembre de 2021, fecha en la que un paro cardiaco nos lo arrebató a los sesenta y un años. Recordémoslo como la gran figura humana e intelectual, el paradigma del verdadero abogado y juez humano y justo; y tengámoslo presente como el entregado docente que supo darle rostro y calor humano a la formación de los profesionales del derecho, últimamente demasiado volcados al pragmatismo mecanicista y el automatismo de la aplicación de códigos y nor mas. Un hipotético capítulo fundamental de la historia del derecho peruano contemporáneo se iniciaría, sin duda, con el capítulo titu lado: «Carlos Ramos Núñez, modernizador de la historiografía jurídica y humanizador del derecho».
Dr. Iván Rodríguez Chávez
Rector
Universidad Ricardo Palma
Referencias
Ramos, C. (2007). La pluma y la ley. Abogados y jueces en la narrativa peruana. Universidad de Lima.
LP Pasión por el Derecho (2021, 21 de mayo). ¿Cómo elegir un tema para tu tesis? Entrevista a Carlos Ramos Núñez. [Video]. YouTube. https://www.youtube.com/watch?v=JJO4Lk_rU8E