@article{Bouroncle_2021, title={El sistema jurídico musulmán y su compatibilidad con los derechos fundamentales}, volume={4}, url={https://revistas.urp.edu.pe/index.php/Inkarri/article/view/4191}, DOI={10.31381/iusinkarri.vn4.4191}, abstractNote={<p style="margin: 0cm;">El ordenamiento jurídico musulmán de carácter personalista de base confesional, a diferencia de otros ordenamientos jurídicos adscritos al sistema jurídico teísta lo fue des de su primer momento de existencia, es decir, es un derecho que solo se aplica y predica por aquellos seres humanos que se hallan integrados en la comunidad de creyentes, dicho de otra manera solo rige a quienes tienen esta religión o en principio así debería ser. Esto explica porque tienen una íntima conexión con la esfera de lo religioso que convierte al fenómeno jurídico en una categoría subordinada y dependiente de aquella; el derecho se concibe, como una parte de la religión.</p> <p style="margin: 0cm; -qt-paragraph-type: empty; -qt-block-indent: 0;">Por otro lado los derechos fundamentales o derechos humanos, son los derechos inherentes a toda persona humana por el simple hecho de ser, estos son prácticamente impuestos a todos los estados desde que finalizo la segunda guerra mundial y fueron decretados, y ahora se encuentran positivizados en los determinados ordenamientos jurídicos concretos.</p>}, number={4}, journal={Ius Inkarri}, author={Bouroncle, Mauricio}, year={2021}, month={ago.}, pages={359–366} }