CARTA AL EDITOR
REVISTA DE LA FACULTAD DE MEDICINA HUMANA 2021 - Universidad Ricardo Palma
1 Universidad Mayor, Facultad de Ciencias, Escuela de Kinesiología. Temuco, Chile.
a MSc, PhD.
b Kinesiólogo
Sr. Editor
Como una alternativa al tratamiento tradicional aplicado por kinesiólogos, terapeutas físicos o
fisioterapeutas surge la telerehabilitación, que como campo emergente de la telemedicina, es definida
como un conjunto de herramientas y procedimientos para desarrollar el proceso de rehabilitación de forma
remota (1). Con cada vez mayor respaldo y evidencia, es utilizado en una
amplia gama de afecciones clínicas, brindando una oportunidad para que las personas de zonas rurales y
remotas obtengan consultoría y asesoramiento de alta calidad (2). Un foco de
interés son las personas operadas con artroplastía de rodilla, que en su gran mayoría son adultos
mayores, y que mientras se mantienen en terapia de rehabilitación cursan por un estado de fragilidad,
demandan de la asistencia de familiares o cuidadores y deben asumir costos y tiempo extra para
trasladarse a ser atendidos. Para ellos la telerehabilitación se considera una alternativa eficaz
después del alta hospitalaria, dado que se obtienen resultados similares al tratamiento convencional en
el estado funcional y el nivel de actividad física (3) y al ser desarrollada
con una supervisión clínica especializada reduce los costos de atención médica manteniendo una eficacia
similar al tratamiento tradicional en el hogar o la clínica (4).
Ahora bien, incorporar esta metodología al ámbito clínico hace necesario el uso de tecnología en
la interacción con las personas, para ello es imperioso considerar potenciales barreras de acceso que no
se presentan en la relación tradicional de terapeuta y paciente, tales como la infraestructura
tecnológica, como son el ancho de banda que permita realizar videollamadas y el contar con dispositivos
móviles o computadores con conexión apropiada a internet. También debe considerarse el nivel de
alfabetización digital de los adultos mayores, pues la interacción con pantallas, software o
aplicaciones son el principal medio de contacto clínico de esta modalidad.
Además, para el kinesiólogo o fisioterapeuta, al salir de la estructura tradicional de atención
es indispensable la autorregulación y el cuidado de la ética profesional, particularmente por las
diferencias o el vacío legal que pueda existir en el desarrollo digital y uso público de datos
personales en los países del contexto sudamericano. Afortunadamente en el área de la salud los
procedimientos de la atención de pacientes están normados (ejemplo: ley 29414 en Perú, ley 20584 en
Chile o La Ley Estatutaria 1751 en Colombia sobre derechos y deberes de los pacientes), donde dentro del
carácter de confidencial de la información clínica debe usarse el consentimiento informado previo a una
atención en salud. Aunque el tridente salud-tecnología-legislación puede estar al debe y retrasado en
cuanto a las aplicaciones de la telemedicina, se sugiere seguir recomendaciones internacionales que
indican que la protección de datos personales, la seguridad en el software de uso clínico y el
consentimiento informado del paciente son los tres parámetros más importantes para la ética en la
telerehabilitación (5). Complementariamente, deben seguir aplicándose los
cuatro principios de la bioética utilizados en la atención en salud: respeto de la autonomía,
no-maleficencia, beneficencia y justicia, promoviendo el bienestar y evitando el daño en las personas e
informando de los procedimientos a realizar en las terapias que reciban los pacientes; además observamos
que particularmente la telerehabilitación en personas operadas con artroplastías debería proporcionar
una atención con mayor sentido de justicia, pues permite un acceso más equitativo, se distribuye de
mejor forma una atención de calidad y se eliminan elementos de discriminación como por ejemplo la
ruralidad, el número limitado de cupos de atención presencial o la imposibilidad de viajar en trasporte
público con bastones o ayudas técnicas.
Vale la pena mencionar que la telerehabilitación, aunque simplifica algunos pasos en la atención
fisioterapéutica, no elimina del proceso la gestión profesional ni reduce el control, guía y desarrollo
del plan de tratamiento, donde las decisiones en torno a éste deben seguir tomándose mediante la
supervisión clínica, la retroalimentación del paciente y el estado evolutivo de la lesión. Para ello, la
responsabilidad personal, profesional y social son esenciales en desplegar correctamente este proceso,
así como en el uso apropiado de la tecnología. Finalmente, este tipo de prestaciones profesionales debe
cumplir con al marco legislativo de cada país, aun cuando, y en respuesta a la pandemia derivada del
virus SARS-CoV-2, se hayan acelerado y creado las condiciones legales para facilitar el acceso a salud,
evitar vulnerabilidades o continuar la asistencia de los pacientes en tratamientos prolongados (6).
La telerehabilitación debe resolver el desafío tecnológico y cumplir con los objetivos clínicos
de la terapia física en una artroplastía, con alta adherencia terapéutica, permanente supervisión y
sólidos lineamientos éticos, pero además buscar su camino para quitar barreras de acceso y facilitar la
inclusión digital en la población sudamericana, de tal forma de aplicar esta alternativa terapéutica de
manera amigable, intuitiva y entendible por los usuarios, especialmente si estos son adultos mayores.
Contribuciones de Autoría: Bahamondes-Ávila y Cifuentes Cea han participado en la
Concepción y diseño del artículo, redacción y aprobación de la versión final.
Financiamiento: Autofinanciado
Conflictos de intereses: Los autores no declaran conflictos de intereses.
Recibido: 14 de agosto 2021
Aprobado: 13 de septiembre 2021
Correspondencia: Carlos Bahamondes-Ávila
Dirección: Avenida Alemania 0281. Universidad Mayor, Facultad de Ciencias, Escuela de
Kinesiología. Temuco, Chile
Teléfono: 223336318
Correo: carlos.bahamondes@umayor.cl