FECUNDACIÓN, EL CONCEBIDO Y EL DERECHO A LA VIDA
DOI:
https://doi.org/10.31381/biotempo.v9i0.66Abstract
Recientemente en nuestro país ha comenzado la discusión sobre la despenalización del aborto, esto a raíz que la comisión especial del Congreso, revisora del Código Penal, ha acordado despenalizar el aborto cuando el embarazo es consecuencia de violación sexual y cuando el fin es evitar el nacimiento de personas con graves taras físicas o psíquicas (denominado aborto eugenésico). El Cigoto, o denominado el concebido en la doctrina jurídica, es el nuevo individuo que inicia su ciclo de vida y la Constitución Política del Perú señala que toda persona tiene derecho a la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y fí sica y a su libre desarrollo. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece. En los argumentos a favor de esta despenalización, puede fácilmente apreciarse que está ausente o soslayada la consideración de los argumentos biológicos, sociales, entre otros y el derecho a la vida de quien morirá como consecuencia del aborto. El presente artículo tiene por finalidad intentar una reflexión y dejar en debate los argumentos biológicos sobre el cigoto, sin dejar de lado los juridkos.