¿Es útil la distinción entre nulidad e inexistencia en los negocios jurídicos? (Un análisis crítico sobre el ser y el no ser de los actos de autonomía privada)

Autores/as

  • Fort Ninamancco Córdova

DOI:

https://doi.org/10.31381/iusinkarri.vn4.4170

Palabras clave:

acto jurídico, negocio jurídico, nulidad, inexistencia, ordenamiento jurídico, validez, ineficacia

Resumen

En el presente artículo se pretende diferenciar entre la nulidad e inexistencia del acto jurídico. Se reconocen tres planos para comprender la dinámica del negocio en la experiencia jurídica: la existencia, la validez y la eficacia. Así, antes de verificar si nos hallamos ante un negocio válido o inválido, debemos determinar previamente si el negocio existe realmente o no. Sólo los negocios existentes pueden recibir el calificativo de válido o inválido. Luego de verificar si el negocio es válido o inválido, cabe analizar su eficacia. Se nota, pues, que la inexistencia sería la primera “patología” que podría advertirse al pretender evaluar un negocio jurídico.

En esencia, se habla de inexistencia-jurídica: para designar a “algo” que, si bien se presenta en la realidad de los hechos, en la experiencia sensible, resulta inapreciable o invisible para el sistema jurídico primordialmente porque no existe una norma que lo prevea de algún modo. Sin embargo, con razón, se ha sostenido que la noción clásica de inexistencia jurídica es imprecisa o equivoca, resultando más conveniente hablar de “irrelevancia jurídica”. En tal sentido, se señala que, bien vistas las cosas, para ordenamiento jurídico no es tan importante que algo efectivamente exista o no exista, sino la posibilidad de ese algo para incidir sobre intereses humanos. Si esos intereses son tomados en cuenta por el ordenamiento para brindarles una determinada tutela o protección, ese algo tendrá relevancia jurídica, de lo contrario no. Un fenómeno que afecta intereses que le son indiferentes al ordenamiento, no tiene relevancia jurídica.

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Publicado

2021-08-16

Cómo citar

Ninamancco Córdova, F. (2021). ¿Es útil la distinción entre nulidad e inexistencia en los negocios jurídicos? (Un análisis crítico sobre el ser y el no ser de los actos de autonomía privada). Ius Inkarri, 4(4), 113–136. https://doi.org/10.31381/iusinkarri.vn4.4170

Número

Sección

Artículos de investigación