Amor o justicia: emociones y sentimientos en la justicia penal
DOI:
https://doi.org/10.59885/iusinkarri.2024.v13n15.09Parole chiave:
justicia penal, emociones, emotivismoAbstract
El artículo revisa el lugar que la teoría jurídica ha reconocido a las emociones y los sentimientos dentro de la justicia penal. Con base en una investigación documental, se esbozan dos modelos principales que se han desarrollado al respecto: el modelo dominante de racionalismo judicial, que plantea una dicotomía entre razón y emociones, y el modelo del emotivismo judicial, que reivindica la relevancia de las emociones en el derecho y la justicia. Se concluye proponiendo como deseable un ideal de justicia penal cordial. En este ideal, el juez resuelve racionalmente como está obligado a hacerlo, pero su motivación son las emociones propias y las de las partes, las cuales puede vislumbrar de manera empática.
Downloads
##submission.downloads##
Pubblicato
Come citare
Fascicolo
Sezione
Licenza
Copyright (c) 2024 Roberto Carlos Fonseca Luján
TQuesto lavoro è fornito con la licenza Creative Commons Attribuzione 4.0 Internazionale.