Cláusulas de protección genérica de la legítima: un antídoto para la preterición
DOI:
https://doi.org/10.31381/iusinkarri.vn5.4213Palavras-chave:
Sucesión, Testador, Efectos civiles, Preterición, Escritura pública, Heredero, Nulidad, Sucesión ab intestato, Cláusulas de compromiso, Testamento, Mortis causaResumo
La previsibilidad por el testador de cláusulas de protección genérica de la legítima, a cuyo tenor se avizora la posibilidad de que sobrevengan herederos especialmente protegidos tras el otorgamiento del testamento, formulada en términos de alcance general, conlleva a que no se considere preterida la hija del testador, menor de edad, dependiente económicamente de su padre, tanto al momento del otorgamiento del testamento como al del deceso de aquel, en tanto que se entiende que aún no mencionada expresamente, está comprendida en la cláusula de reconocimiento genérico de futuros legitimarios, y en consecuencia atribuida la mitad de lo que por legítima le corresponde.
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