ESTÁNDARES INTERNACIONALES Y REGIONALES DE DERECHOS HUMANOS APLICABLES A LA REPARACIÓN EN SALUD MENTAL DE VÍCTIMAS EN CONTEXTOS DE CONFLICTO ARMADO
Resumen
En contextos de conflictos armados no internacionales, las víctimas han sufrido un impacto en su psique o tejido social, afectándolos íntimamente y alterando su entorno. Ello se agrava cuando la situación de la víctima es compleja: pertenece a algún grupo vulnerable, donde concurren el género, la etnia, la religión, el estrato socioeconómico, etc. El derecho a la salud mental es exigible desde el Derecho Internacional de los Derechos Humanos; pese a ello, muchas veces se carece de los recursos y la gestión adecuada y suficiente por parte de los Estados. En el presente artículo, se revisarán algunos de los estándares recogidos por los tribunales en materia de derechos humanos en casos de conflicto armado. Específicamente: (i) las normas expedidas por organismos e instituciones especializadas en salud mental y, (ii) las reparaciones en salud mental dispuestas por tribunales. Se evidenciará también una progresiva jurisprudencial.
Conflicto armado no internacional – estándares – reparación – salud mental – víctima
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